A) RECOMENDACIONES INSTITUCIONALES DIRIGIDAS A LA ORGANIZACIÓN MÉDICA COLEGIAL (OMC)
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5. Instar al Parlamento, y a los partidos políticos con representación parlamentaria, a adoptar resoluciones que exijan las mejoras definidas en este documento con relación al proceso de adopción de las innovaciones sanitarias, y al control de su uso apropiado en el Sistema Nacional de Salud.

5.1. La OMC, con el respaldo y en representación de las entidades sanitarias que la apoyen en esta iniciativa, debería realizar las gestiones necesarias para instar a los Parlamentos nacional y autonómicos, y a los partidos políticos en ellos representados, a fijar la sistemática que describe este documento para adoptar las innovaciones sanitarias, y controlar su uso apropiado en el Sistema Nacional de Salud.

5.2. Bajo la coordinación de la OMC, los ilustres colegios oficiales deberían impulsar la adopción por parte de los Parlamentos autonómicos de sus respectivas Comunidades Autónomas, de aquellas de esas medidas que caigan dentro de sus competencias.


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